Presentación del nuevo Modelo 721 «Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero»

Declaración Informativa sobre Monedas Virtuales en el Extranjero – Modelo 721

Queremos mantenerlos informados sobre la reciente implementación del modelo 721, denominado «Declaración Informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero». Esta nueva obligación surge como resultado de la Ley 11/2021, de medidas antifraude, desarrollada mediante la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, y se aplica a aquellos que a 31 de diciembre del año anterior hayan sido titulares, autorizados o beneficiarios de criptomonedas en el extranjero por más de 50.000 euros en total.

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 721?

La presentación del modelo 721 será necesaria para personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, establecimientos permanentes de no residentes, y entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. Esto se aplica a aquellos que sean titulares de monedas virtuales en el extranjero, o respecto de las cuales tengan la condición de beneficiarios, autorizados, o alguna otra forma de poder de disposición. La presentación debe realizarse antes del 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información.

¿Qué monedas virtuales no requieren declaración?

No será necesario informar sobre ciertas monedas virtuales, como aquellas de entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, las registradas en contabilidad de personas jurídicas residentes en España, y las de personas físicas que lleven su contabilidad según el Código de Comercio. No es obligatorio informar cuando los saldos a 31 de diciembre no superen, conjuntamente, los 50.000 euros.

¿Cuándo se entiende una moneda virtual situada en el extranjero?

Las monedas virtuales se consideran en el extranjero cuando la entidad que las custodia no está obligada a presentar la información requerida por la Ley del IRPF.

Plazo de presentación del modelo 721

El modelo 721 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información. En este 2024, si tuviste criptoactivos en 2023, debes presentar el modelo entre el 1 de enero y el 1 de abril.

¿Qué información se debe proporcionar en el modelo 721?

Los obligados a presentar el modelo 721 deberán suministrar información detallada, como el nombre y datos fiscales de la entidad que custodia las monedas virtuales, la identificación de cada tipo de moneda virtual y sus saldos a 31 de diciembre.

Sanciones por no presentar el modelo 721

No presentar el modelo 721 conllevará una multa de 300€, si requiere la Administración, y 150€ por presentarlo de forma incorrecta. También se pueden aplicar sanciones adicionales por registro no declarado/requerido o por errores en la presentación.

No dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho profesional para cualquier duda o aclaración.

Un cordial saludo,