Estimado cliente,
Te informamos sobre los cambios en el tratamiento fiscal de las rentas obtenidas en el IRPF de viviendas alquiladas. En líneas generales, la reducción del 60% se reduce al 50%, con excepciones que detallaremos a continuación.
Para contratos anteriores al 1-1-24, la reducción será del 60%. A partir del 1-01-2024, la Ley 12/2023 establece que el arrendador puede aplicar una reducción del 90% al formalizar un nuevo contrato, siempre que la vivienda esté en una zona residencial tensionada y el alquiler se reduzca al menos un 5% respecto al contrato anterior.
La reducción puede ser del 70% si no se cumplen los requisitos anteriores, pero la vivienda se destina al alquiler en zonas residenciales tensionadas y se alquila a jóvenes de 18 a 35 años, o es una vivienda asequible, protegida, arrendada a la administración pública, entidades sin fines lucrativos o acogida a programas públicos que limiten la renta.
Adicionalmente, el arrendador puede aplicar una reducción del 60% si la vivienda fue rehabilitada en los dos años anteriores al contrato. En otros casos, la reducción será del 50%.
Esta información te ayudará a seleccionar al inquilino ideal considerando los aspectos fiscales.
Consulta si vives en una zona tensionada según la Ley de Vivienda (lavanguardia.com).
Esperamos que esta información sea de utilidad.
Saludos cordiales.