Obligación de declarar las ventas de artículos de 2º mano

A partir del 1 de enero de 2024, las plataformas digitales se verán obligadas a informar a la Agencia Tributaria sobre todas las transacciones realizadas por individuos, sin importar el monto de la operación. Aunque el Ministerio de Hacienda aún no ha dado luz verde al reglamento que establece los límites de las ventas sujetas a informe, se propone que estas plataformas solo informarán a Hacienda sobre las ventas que superen los 2,000 euros al año o las 30 operaciones. En caso de que la aprobación no se concrete antes del 31 de diciembre, las plataformas estarán obligadas a informar sobre todas las ventas, independientemente de si superan o no dicho umbral.

Esta nueva obligación se deriva de la Ley 13/2023, de 24 de mayo, que incorpora la modificación de la Directiva 2011/16/UE sobre cooperación administrativa en materia de fiscalidad (DAC 7). Plataformas digitales como Wallapop, Vinted o Airbnb, entre otras, deberán proporcionar información sobre cualquier individuo (ya sea un usuario o un autónomo) o empresa que realice ventas o preste servicios personales a través de ellas, incluyendo datos como nombre, apellidos, dirección, DNI o fecha de nacimiento. Es importante destacar que esta nueva obligación es meramente informativa y recae exclusivamente en las plataformas, no en los vendedores.

En términos fiscales, los vendedores que sean empresas o autónomos ya están sujetos a tributación por las ventas en línea. Sin embargo, cuando la transacción se realiza entre particulares, no está sujeta al IVA, sino al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, con un tipo medio efectivo que ronda el 4%, aunque este puede variar según la comunidad autónoma. Estas ventas, al representar una ganancia patrimonial para el individuo, también están sujetas a tributación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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