El próximo día 28 de febrero finaliza el plazo para la presentación de la declaración anual de ingresos y pagos superiores a los 3.005,06 euros (Modelo 347) correspondiente al ejercicio 2022.
Como ya ocurría en ejercicios anteriores, la información que se deba incluir en dicha declaración informativa se suministrará desglosada trimestralmente, por lo que es imprescindible que nos remitan con la mayor brevedad posible, la relación de clientes y proveedores con los que el volumen de operaciones IVA incluido haya superado los 3.005,06 euros durante el pasado ejercicio, con detalle de los importes correspondientes a cada trimestre.
Para la confección de listado deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Datos de clientes y proveedores:
Apellidos y nombre o razón social, NIF, código postal, municipio e importe de las operaciones IVA INCLUIDO del 1T, 2T, 3T y 4T.
Las operaciones de arrendamientos (arrendador o arrendatario) que no hayan sufrido retención, deben diferenciarse del resto de operaciones haciendo algún tipo de marca que permita su identificación.
b) Anexo para arrendadores de inmuebles (sólo para arrendamientos no sometidos a retención):
Las personas físicas y sociedades que estén arrendando uno o varios inmuebles y el importe de cada uno supere la cifra de 3.005,06 euros anuales, deberán cumplimentar una relación anexa a sus operaciones normales.
Los datos a suministrar son:
NIF, apellidos y nombre o razón social del arrendatario, importe de la operación del 1T, 2T, 3T y 4T, referencia catastral, código postal, y domicilio del local arrendado.
IMPORTANTE: Deberán consignarse separadamente las operaciones en las que exista inversión del Sujeto Pasivo del IVA.
OPERACIONES QUE NO DEBEN INCLUIRSE EN LA DECLARACION:
· Operaciones incluida en el Suministro Inmediato de Información (SII)
· Entregas y adquisiciones intracomunitarias incluidas en las correspondientes declaraciones trimestrales (modelo 349).
· Exportaciones e importaciones de mercaderías.
· Entregas y adquisiciones referentes a Canarias, Ceuta y Melilla.
· Las operaciones relacionadas en el mod.190 Declaración anual del IRPF.(Profesionales)
· Operaciones relacionadas en el modelo 180 (Resumen de retenciones sobre arrendamientos de bienes inmuebles).
Quedamos a su entera disposición para aclarar cualquier duda que les pueda surgir.
Atentamente,
Área Fiscal