A medida que se acerca el cierre del ejercicio 2024, es crucial que revisemos nuestra contabilidad y fiscalidad para optimizar al máximo nuestra relación con Hacienda.
Este es el momento adecuado para conocer y aplicar correctamente la normativa fiscal correspondiente al cierre del ejercicio fiscal y contable de 2024. Esto incluye aprovechar las diversas oportunidades que ofrecen los impuestos, especialmente el Impuesto sobre Sociedades y el IRPF, tanto para sociedades como para empresarios y profesionales.
El ejercicio fiscal de 2024 presenta varias novedades importantes, tanto por el "paquete normativo" ya aprobado como por las normativas en trámite o anunciadas por el Gobierno. Un ejemplo de ello son las medidas fiscales relacionadas con la facturación electrónica obligatoria para autónomos y pymes, que aún dependen del desarrollo reglamentario que definirá su fecha de entrada en vigor.
Novedades del Impuesto sobre Sociedades
Además de revisar los criterios contables y las posibles diferencias con los criterios fiscales, hay algunas novedades que no debemos pasar por alto para el cierre de este ejercicio:
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Libertad de amortización en ciertos vehículos e infraestructuras de recarga: La amortización acelerada se sustituye por una amortización libre para inversiones en vehículos como los FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV, y en nuevas infraestructuras de recarga, siempre que entren en funcionamiento en los ejercicios fiscales de 2024 o 2025.
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Reserva de capitalización: A partir de 2024, se incrementa del 10% al 15% la reducción aplicable y se reduce de 5 a 3 años el plazo de mantenimiento del incremento de fondos propios y de indisponibilidad de la reserva. Se establece un régimen transitorio para reservas previas cuyo plazo no haya expirado.
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Amortización en inversiones de energía renovable: Se prorroga la libertad de amortización para inversiones en instalaciones de autoconsumo eléctrico o térmico que utilicen fuentes de energía renovables, siempre que sustituyan instalaciones que utilicen energía de fuentes fósiles no renovables.
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Tributación mínima del 15% para grandes empresas: Está prevista la aprobación de un tipo impositivo mínimo del 15% para multinacionales y grandes grupos empresariales que facturen 750 millones de euros o más al año, incluidas filiales.
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Limitación en la deducibilidad de gastos financieros: Se elimina la excepción que beneficiaba a los fondos de titulización hipotecaria y de activos en cuanto a la limitación de la deducibilidad de sus gastos financieros.
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Deducción por donativos: Se incrementan los porcentajes de deducción por donaciones, alcanzando el 40% de la base deducible y hasta el 50% en caso de donaciones recurrentes. Además, la base de deducción podrá ser hasta el 15% de la base imponible (antes era del 10%).
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Inconstitucionalidad de medidas del RD-Ley 3/2016: El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varias modificaciones del IS introducidas en 2016, lo que afectó a la compensación de bases imponibles negativas y otras restricciones en deducciones por doble imposición y deterioros de valor.
Aspectos contables del cierre del ejercicio
Aunque la liquidación del Impuesto sobre Sociedades para el ejercicio 2024 se realizará en julio de 2025, el gasto por impuesto sobre beneficios debe contabilizarse antes de finalizar el año, lo que implica calcular el impuesto a pagar y realizar los ajustes correspondientes. Es esencial revisar la compensación de bases imponibles negativas, cuantificar la reserva de capitalización y ajustar los resultados contables.
Desde el punto de vista contable, también es clave verificar si falta algún apunte, corregir errores y reclasificar saldos en función de su vencimiento, entre otras tareas necesarias para preparar adecuadamente el cierre del ejercicio.
Novedades del IRPF para empresarios y profesionales
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Reducción por rendimientos del trabajo: A partir de enero de 2024, se incrementa la reducción aplicable por la obtención de rendimientos del trabajo.
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Obligación de declarar: Debido al aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) a 15.876€ anuales, el límite a partir del cual se empieza a tributar por IRPF se eleva de 15.000€ a 15.876€.
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Contribuyentes en estimación objetiva (módulos): Se prorrogan los límites excluyentes del método de módulos para 2024, y la reducción general sobre el rendimiento neto será del 5%. También se aplicarán reducciones para actividades agrícolas y ganaderas en ciertos costes, como el gasóleo y los fertilizantes.
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Reducción de rendimientos por alquiler de viviendas: A partir de 2024, se establecen nuevas reducciones para alquileres en zonas de mercado tensionado y para contratos destinados a jóvenes o viviendas rehabilitadas, con reducciones que pueden llegar hasta el 90%.
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Libertad de amortización en determinados vehículos: Se extiende la amortización libre a ciertos vehículos nuevos y puntos de recarga para contribuyentes en estimación objetiva.
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Deducción por obras de eficiencia energética: Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2024 la deducción por inversiones en mejoras de eficiencia energética en viviendas.
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Facturación electrónica obligatoria: Aunque su entrada en vigor está pendiente de desarrollo reglamentario, autónomos y pymes estarán obligados a utilizar facturación electrónica en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales, con plazos diferentes según el volumen de facturación.
Finalmente, es importante tener en cuenta las normativas autonómicas y forales del País Vasco y Navarra, que podrían establecer novedades adicionales para los residentes en estos territorios.
En resumen, el cierre del ejercicio 2024 requiere un análisis detallado de las novedades fiscales y contables, así como de las ventajas que se pueden obtener al aplicar correctamente la normativa.