Le recordamos que el Real Decreto 62/2018 introdujo cambios en el Reglamento sobre la gestión de los compromisos por pensiones de las empresas con sus empleados y en el Reglamento de planes y fondos de pensiones. Este decreto revisó a la baja las comisiones de gestión de estos fondos y aumentó la liquidez de esta herramienta de ahorro, permitiendo a los partícipes retirar las aportaciones con una antigüedad mínima de 10 años a partir de 2025, sin restricciones adicionales.
Desde 2025, será posible rescatar aportaciones realizadas a planes de pensiones con más de diez años de antigüedad, sin que se requiera cumplir condiciones excepcionales como la jubilación o una situación de incapacidad. Esta medida de flexibilización, derivada de la reforma del Real Decreto 62/2018, mejorará el acceso a estos instrumentos de ahorro, permitiendo a los ahorradores recuperar su capital cumpliendo solo con la antigüedad mínima.
Hasta ahora, los planes de pensiones solo permitían rescatar el capital en circunstancias específicas, tales como jubilación, desempleo prolongado, incapacidad, enfermedad grave o fallecimiento del titular, en cuyo caso los beneficiarios recibían los fondos como rendimiento del trabajo. Con la nueva normativa, a partir de 2025 se abre una excepción que ofrece una mayor flexibilidad.
Reforma en los planes de pensiones
La normativa establece dos cambios clave en la operativa de los planes de pensiones. En primer lugar, se introduce la opción de rescatar las aportaciones con más de diez años de antigüedad, comenzando con las realizadas antes de 2015. De este modo, a partir de 2025 podrán recuperarse las contribuciones de hasta ese año; las de 2016 serán accesibles en 2026, y así sucesivamente.
El segundo cambio relevante es la reducción en las comisiones de gestión. El porcentaje promedio pasará del 1,5% al 1,25%, y para fondos de renta fija, las comisiones podrán disminuir hasta el 0,85%. Esta medida ya está en vigor desde 2018 y busca hacer los planes de pensiones más accesibles y atractivos para los ahorradores.
Proceso para recuperar las aportaciones
La normativa permite recuperar tanto la inversión realizada como la revalorización obtenida tras diez años de permanencia en el fondo. Para calcular el monto rescatable, se considerará el número de participaciones adquiridas en el momento de la aportación y su valor actualizado. Esta medida tiene como objetivo ofrecer una mayor flexibilidad a estos productos de ahorro a largo plazo.
Fiscalidad del rescate a los 10 años
Aunque el régimen de liquidez se amplía, la fiscalidad del rescate sigue siendo la misma que en los casos tradicionales, como la jubilación. El capital retirado se considera rendimiento del trabajo y tributa en la base general del IRPF. En función del total retirado y de la escala del impuesto, el porcentaje aplicable oscila entre el 19% y el 47%. Esto implica que el importe rescatado se suma al salario y otros ingresos, lo que podría afectar el tipo marginal aplicable.
Cabe recordar que el rescate de un plan de pensiones se considera un segundo pagador en la declaración del IRPF, lo cual puede afectar la obligación de presentar la declaración anual si el importe supera determinados límites.
Opciones para el rescate
Al alcanzar los diez años de antigüedad, los partícipes tendrán tres opciones de rescate: en forma de renta, de capital o mixta. Optar por el rescate en forma de renta permite recibir pagos periódicos, lo cual puede ser fiscalmente beneficioso, ya que el impuesto se aplica de forma progresiva y se ajusta a los tramos de la base imponible. En cambio, rescatar el capital en un único pago puede aumentar significativamente la base imponible y, con ello, el tipo marginal aplicable.
Una ventaja particular para quienes realizaron aportaciones antes del 31 de diciembre de 2006 es la posibilidad de aplicar una reducción fiscal del 40% sobre las cantidades retiradas. Esto implica que, en el caso de rescatar, por ejemplo, 50.000 euros, solo 30.000 euros se sumarían a la base imponible. Sin embargo, es importante considerar que un importe elevado puede provocar un aumento en el tipo impositivo.
Consideraciones fiscales y alternativas de inversión
Desde una perspectiva fiscal, rescatar un plan de pensiones antes de la jubilación puede implicar una mayor carga impositiva, dado que el IRPF aplicado a los ingresos salariales suele ser superior al de una pensión. Por ello, es importante evaluar no solo los aspectos fiscales, sino también el coste de oportunidad. Mantener los fondos en un plan de pensiones implica aceptar la rentabilidad variable y las comisiones, mientras que pueden explorarse alternativas como fondos de inversión o carteras indexadas, potencialmente más rentables.
En conclusión, la opción de rescatar planes de pensiones con más de diez años de antigüedad, a partir de 2025, representa una mejora en la accesibilidad y flexibilidad de estos productos. Sin embargo, los partícipes deben valorar las implicaciones fiscales y las alternativas de inversión antes de decidir, con el fin de optimizar el rendimiento de sus ahorros y una planificación financiera a largo plazo.