La duración de las inspecciones tributarias

El plazo de duración de un procedimiento de inspección tributaria puede variar dependiendo de varios elementos, como la complejidad del caso y el nivel de colaboración del contribuyente o la empresa al proporcionar la documentación solicitada. A continuación, ofrecemos un resumen actualizado sobre los plazos vigentes y las situaciones que pueden influir en la duración del proceso.

Plazo estándar de 18 meses

En términos generales, el plazo máximo para que la Agencia Tributaria concluya un procedimiento de inspección es de 18 meses. Este plazo comienza a contarse desde el momento en que se recibe la notificación de inicio de la inspección, y se extiende hasta la misma fecha ordinal, pero 18 meses más tarde. Por ejemplo, si la notificación se recibe el 1 de marzo de 2024, la resolución deberá emitirse antes del 1 de septiembre de 2025.

¿Qué sucede con la notificación?

  • Notificación en papel: Si la notificación se envía en formato físico, basta con que la Agencia Tributaria intente realizar la notificación dentro del plazo, aunque el contribuyente no la haya recibido personalmente.
  • Notificación electrónica: Si la notificación se realiza electrónicamente, se considera válida en cuanto Hacienda la pone a disposición del contribuyente en su buzón electrónico.

Plazo extendido a 27 meses

En situaciones más complejas, el plazo puede extenderse hasta los 27 meses. Esto ocurre en los siguientes casos:

  • Si la empresa tiene una facturación anual igual o superior a 5.700.000 euros.
  • Si la empresa pertenece a un grupo que esté sujeto a consolidación fiscal o a un grupo de entidades de IVA bajo inspección.

Posibles ampliaciones adicionales

El plazo de un procedimiento de inspección puede prolongarse más allá de los 18 o 27 meses bajo determinadas circunstancias, entre ellas:

  • Suspensión del procedimiento: El plazo puede suspenderse temporalmente, por ejemplo, si el expediente se remite al Ministerio Fiscal o si surge un conflicto en la interpretación de la normativa aplicable.
  • Días de cortesía: El contribuyente tiene derecho a solicitar hasta 60 días durante los cuales la Agencia Tributaria no podrá realizar actuaciones de inspección. Estos días se añadirán al plazo máximo. Así, si se solicitan 30 días de cortesía, Hacienda dispondrá de 18 meses más esos 30 días.

Aportación tardía de documentos

  • Si los documentos solicitados se entregan después de los primeros nueve meses desde el inicio del procedimiento, Hacienda puede prorrogar el plazo tres meses adicionales.
  • Si los documentos se entregan después de que se haya emitido el acta, el plazo puede ampliarse hasta seis meses más.

Este resumen proporciona una visión clara de los plazos y circunstancias que pueden afectar la duración de una inspección tributaria, ayudando a las empresas a entender mejor el proceso y sus implicaciones.