Las nuevas medidas fiscales que podrían entrar en vigor en 2023

El Ministerio de Hacienda ha informado que se implementarán una serie de medidas fiscales que serán incorporadas en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 o bien en leyes que permitan su puesta en marcha el próximo año. Las medidas actuarán sobre los grandes patrimonios, las grandes empresas, y en impuestos tan relevantes como el IRPF o el Impuesto de Sociedades.

Veamos a continuación cuales son, si bien hay que advertir que todavía no han sido aprobadas y pueden producirse cambios:

Nuevo impuesto de solidaridad de las grandes fortunas

Entre las medidas estrella se enmarca el anuncio de crear un Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas que afectará a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros. Para evitar la doble imposición, los sujetos pasivos del Impuesto de solidaridad solo tributarán por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su Comunidad Autónoma.

El tipo impositivo del impuesto será del 1,7% para los patrimonios entre 3 y 5 millones de euros; del 2,1 % para los situados entre 5 millones y 10 millones; y del 3,5% para aquellos superiores a 10 millones de euros.

Se trata de un impuesto estatal de carácter temporal para los años 2023 y 2024, aunque se incluirá una cláusula de revisión para evaluar al término de su vigencia si es necesario mantenerlo o suprimirlo.

IRPF

También se incluyen medidas en el IRPF para avanzar en el objetivo de reducir la brecha de tributación entre las rentas del capital y las rentas del trabajo.

Para ello se incrementa un punto, hasta el 27 %, el gravamen para rentas del capital entre 200.000 y 300.000 euros. Asimismo, se eleva hasta el 28% el gravamen para rentas del capital superiores a 300.000 euros.

De igual forma, para ayudar a los contribuyentes que más lo necesitan, el Gobierno ampliará la actual reducción por rendimientos del trabajo. Actualmente, este beneficio fiscal se aplica a rentas brutas hasta 18.000 euros y se ampliará y elevará la reducción hasta alcanzar contribuyentes con un salario bruto del trabajo de 21.000 euros. 

La reducción por rendimientos del trabajo operará sobre sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros. Así, el mínimo de tributación para un contribuyente soltero y sin hijos sube de 14.000 euros a 15.000 euros. Con ello se garantiza, por ejemplo, que un trabajador que hoy gana el SMI, fijado en 14.000 euros, no tributará por IRPF cuando el Gobierno aumente el Salario Mínimo Interprofesional en 2023.  En el caso de un asalariado con dos hijos que presenta la declaración conjunta, el mínimo de tributación aumenta de 18.000 euros a 19.000 euros por el incremento de la reducción de los rendimientos del trabajo.

Por otro lado, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 incluirá una rebaja adicional en el IRPF de cinco puntos porcentuales en el rendimiento neto de módulos.

Además, los autónomos que tributan por estimación directa simplificada aplican actualmente una reducción automática del 5 % del rendimiento neto con un importe máximo anual de 2.000 euros. Aquí entran lo que se conocen como gastos deducibles de difícil justificación. Dicho porcentaje de reducción se elevará al 7 % en los próximos presupuestos Generales.

Además, también se prorrogarán un año más los límites vigentes de exclusión en el sistema de módulos. Esta decisión implica que más contribuyentes podrán seguir tributando a través de este sistema.

Impuesto de Sociedades

Siguiendo esa línea, se ha anunciado que se impulsará en el Congreso de los Diputados un cambio normativo que limitará en un 50 % la posibilidad de compensar las pérdidas en los grupos consolidados. No se trata de un incremento de carga fiscal, sino que se difiere la posibilidad de compensar las bases imponibles negativas. Se trataría también de una medida de carácter temporal para los años 2023 y 2024.

Por otro lado, para aliviar también la situación de las PYMES, se rebajará el tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades del 25% al 23% para las Pymes con una facturación de hasta un millón de euros.

IVA

También se aprobará una rebaja del 10 % al 4 % el IVA de los productos de higiene femenina (compresas, tampones, protegeslips), preservativos y anticonceptivos no medicinales.

Un cordial saludo,