Le informamos que en el BOE del 8 de mayo de 2024 (con corrección de errores el 10) se han publicado los modelos, con algunas modificaciones, de presentación en el Registro Mercantil de cuentas anuales individuales y cuentas anuales consolidadas 2023.
Atención. La utilización de los modelos aprobados por la presente resolución será obligatoria para las cuentas anuales formuladas y aprobadas por los sujetos obligados, que sean presentadas en el Registro Mercantil para su depósito con posterioridad a la publicación de esta resolución en el BOE.
Por tanto, las empresas que se hayan anticipado y ya tengan sus cuentas anuales del ejercicio 2023 depositadas en el Registro Mercantil no tienen que volver a realizar su presentación por este motivo pero aquellas que vayan a realizarlo a partir de ahora deben tenerlo en cuenta.
Cambios que afectan a todos los Modelos (Normal, Abreviado y Pymes)
Cambios en la hoja de identificación
- Se ha incluido información sobre el número de mujeres que pertenecen al órgano de gobierno (por ejemplo, al consejo de administración) y el total de miembros del mismo.
- Se elimina, por redundante, la información correspondiente al porcentaje de mujeres (que se había incluido en la reforma de los modelos del año pasado).
Cambios en los test de errores
- Se incluyen test adicionales sobre el número de mujeres en el órgano de gobierno.
Cambios en el modelo Normal
Contenido de la memoria normal
- Se modifica el apartado 27 de la memoria y su correspondiente cuadro normalizado M27 incorporando información sobre el número de facturas e importes de las mismas cuyo plazo de pago se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. También se informará de los porcentajes que suponen estos cálculos sobre el total número de facturas e importes.
Cambios en el modelo pyme
Cambios en la hoja medioambiental
- Se elimina la referencia a las «emisiones alcance 3», correspondiente a las emisiones indirectas de proveedores y de clientes en la cadena de valor. En cualquier caso, el resto de información solicitada en este cuadro se mantiene de cumplimiento voluntario.
Cambios en las cuentas anuales consolidadas
Contenido de la memoria consolidada
Se modifica el apartado 31 de la memoria referido a la información sobre el pago a proveedores, incorporando información sobre el número de facturas e importes de las mismas cuyo plazo de pago se encuentre dentro del plazo establecido por el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. También se informará de los porcentajes que suponen estos cálculos sobre el total número de facturas e importes.
Test de errores
- Se introducen nuevos test de errores con el objeto de mejorar la calidad de la hoja IDC2.1 y IDC2.2 de identificación de la estructura del grupo.
Formato electrónico europeo
Cuando el grupo sujeto a la obligación de depositar las cuentas anuales consolidadas decida presentarlas en formato electrónico único europeo, por aplicar las normas internacionales de contabilidad NIC/NIIF, deberá realizarlo mediante la generación del fichero correspondiente, que deberá cumplir las normas y especificaciones de acuerdo a la Taxonomía XBRL del formato ESEF, que se encuentra publicada en la siguiente página web de la European Securities and Markets Authority (ESMA), https://www.esma.europa.eu/document/esef-taxonomy-2022.
Los requisitos técnicos que debe cumplir dicho fichero se encuentran definidos en la ESEF Conformance Suite, https://www.esma.europa.eu/document/esef-conformance-suite-2023, que consiste en un conjunto de estructuras y ejemplos en formato XBRL, acompañados de un fichero Excel que describe las guías y reglas que debe cumplir un archivo en este formato electrónico único.