{"id":4564,"date":"2024-10-03T07:56:27","date_gmt":"2024-10-03T07:56:27","guid":{"rendered":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/aspectos-a-tener-en-cuenta-en-el-cierre-fiscal-2024\/"},"modified":"2024-10-03T07:56:27","modified_gmt":"2024-10-03T07:56:27","slug":"aspectos-a-tener-en-cuenta-en-el-cierre-fiscal-2024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/cat\/aspectos-a-tener-en-cuenta-en-el-cierre-fiscal-2024\/","title":{"rendered":"Aspectos a tener en cuenta en el cierre fiscal 2024"},"content":{"rendered":"

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A medida que se acerca el cierre del ejercicio 2024, es crucial que revisemos nuestra contabilidad y fiscalidad para optimizar al m\u00e1ximo nuestra relaci\u00f3n con Hacienda.<\/p>\n

Este es el momento adecuado para conocer y aplicar correctamente la normativa fiscal correspondiente al cierre del ejercicio fiscal y contable de 2024. Esto incluye aprovechar las diversas oportunidades que ofrecen los impuestos, especialmente el Impuesto sobre Sociedades y el IRPF, tanto para sociedades como para empresarios y profesionales.<\/p>\n

El ejercicio fiscal de 2024 presenta varias novedades importantes, tanto por el "paquete normativo" ya aprobado como por las normativas en tr\u00e1mite o anunciadas por el Gobierno. Un ejemplo de ello son las medidas fiscales relacionadas con la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica obligatoria para aut\u00f3nomos y pymes, que a\u00fan dependen del desarrollo reglamentario que definir\u00e1 su fecha de entrada en vigor.<\/p>\n

Novedades del Impuesto sobre Sociedades<\/h3>\n

Adem\u00e1s de revisar los criterios contables y las posibles diferencias con los criterios fiscales, hay algunas novedades que no debemos pasar por alto para el cierre de este ejercicio:<\/p>\n

    \n
  1. \n

    Libertad de amortizaci\u00f3n en ciertos veh\u00edculos e infraestructuras de recarga:<\/strong> La amortizaci\u00f3n acelerada se sustituye por una amortizaci\u00f3n libre para inversiones en veh\u00edculos como los FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV, y en nuevas infraestructuras de recarga, siempre que entren en funcionamiento en los ejercicios fiscales de 2024 o 2025.<\/p>\n<\/li>\n

  2. \n

    Reserva de capitalizaci\u00f3n:<\/strong> A partir de 2024, se incrementa del 10% al 15% la reducci\u00f3n aplicable y se reduce de 5 a 3 a\u00f1os el plazo de mantenimiento del incremento de fondos propios y de indisponibilidad de la reserva. Se establece un r\u00e9gimen transitorio para reservas previas cuyo plazo no haya expirado.<\/p>\n<\/li>\n

  3. \n

    Amortizaci\u00f3n en inversiones de energ\u00eda renovable:<\/strong> Se prorroga la libertad de amortizaci\u00f3n para inversiones en instalaciones de autoconsumo el\u00e9ctrico o t\u00e9rmico que utilicen fuentes de energ\u00eda renovables, siempre que sustituyan instalaciones que utilicen energ\u00eda de fuentes f\u00f3siles no renovables.<\/p>\n<\/li>\n

  4. \n

    Tributaci\u00f3n m\u00ednima del 15% para grandes empresas:<\/strong> Est\u00e1 prevista la aprobaci\u00f3n de un tipo impositivo m\u00ednimo del 15% para multinacionales y grandes grupos empresariales que facturen 750 millones de euros o m\u00e1s al a\u00f1o, incluidas filiales.<\/p>\n<\/li>\n

  5. \n

    Limitaci\u00f3n en la deducibilidad de gastos financieros:<\/strong> Se elimina la excepci\u00f3n que beneficiaba a los fondos de titulizaci\u00f3n hipotecaria y de activos en cuanto a la limitaci\u00f3n de la deducibilidad de sus gastos financieros.<\/p>\n<\/li>\n

  6. \n

    Deducci\u00f3n por donativos:<\/strong> Se incrementan los porcentajes de deducci\u00f3n por donaciones, alcanzando el 40% de la base deducible y hasta el 50% en caso de donaciones recurrentes. Adem\u00e1s, la base de deducci\u00f3n podr\u00e1 ser hasta el 15% de la base imponible (antes era del 10%).<\/p>\n<\/li>\n

  7. \n

    Inconstitucionalidad de medidas del RD-Ley 3\/2016:<\/strong> El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varias modificaciones del IS introducidas en 2016, lo que afect\u00f3 a la compensaci\u00f3n de bases imponibles negativas y otras restricciones en deducciones por doble imposici\u00f3n y deterioros de valor.<\/p>\n<\/li>\n<\/ol>\n

    Aspectos contables del cierre del ejercicio<\/h3>\n

    Aunque la liquidaci\u00f3n del Impuesto sobre Sociedades para el ejercicio 2024 se realizar\u00e1 en julio de 2025, el gasto por impuesto sobre beneficios debe contabilizarse antes de finalizar el a\u00f1o, lo que implica calcular el impuesto a pagar y realizar los ajustes correspondientes. Es esencial revisar la compensaci\u00f3n de bases imponibles negativas, cuantificar la reserva de capitalizaci\u00f3n y ajustar los resultados contables.<\/p>\n

    Desde el punto de vista contable, tambi\u00e9n es clave verificar si falta alg\u00fan apunte, corregir errores y reclasificar saldos en funci\u00f3n de su vencimiento, entre otras tareas necesarias para preparar adecuadamente el cierre del ejercicio.<\/p>\n

    Novedades del IRPF para empresarios y profesionales<\/h3>\n
      \n
    1. \n

      Reducci\u00f3n por rendimientos del trabajo:<\/strong> A partir de enero de 2024, se incrementa la reducci\u00f3n aplicable por la obtenci\u00f3n de rendimientos del trabajo.<\/p>\n<\/li>\n

    2. \n

      Obligaci\u00f3n de declarar:<\/strong> Debido al aumento del salario m\u00ednimo interprofesional (SMI) a 15.876€ anuales, el l\u00edmite a partir del cual se empieza a tributar por IRPF se eleva de 15.000€ a 15.876€.<\/p>\n<\/li>\n

    3. \n

      Contribuyentes en estimaci\u00f3n objetiva (m\u00f3dulos):<\/strong> Se prorrogan los l\u00edmites excluyentes del m\u00e9todo de m\u00f3dulos para 2024, y la reducci\u00f3n general sobre el rendimiento neto ser\u00e1 del 5%. Tambi\u00e9n se aplicar\u00e1n reducciones para actividades agr\u00edcolas y ganaderas en ciertos costes, como el gas\u00f3leo y los fertilizantes.<\/p>\n<\/li>\n

    4. \n

      Reducci\u00f3n de rendimientos por alquiler de viviendas:<\/strong> A partir de 2024, se establecen nuevas reducciones para alquileres en zonas de mercado tensionado y para contratos destinados a j\u00f3venes o viviendas rehabilitadas, con reducciones que pueden llegar hasta el 90%.<\/p>\n<\/li>\n

    5. \n

      Libertad de amortizaci\u00f3n en determinados veh\u00edculos:<\/strong> Se extiende la amortizaci\u00f3n libre a ciertos veh\u00edculos nuevos y puntos de recarga para contribuyentes en estimaci\u00f3n objetiva.<\/p>\n<\/li>\n

    6. \n

      Deducci\u00f3n por obras de eficiencia energ\u00e9tica:<\/strong> Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2024 la deducci\u00f3n por inversiones en mejoras de eficiencia energ\u00e9tica en viviendas.<\/p>\n<\/li>\n

    7. \n

      Facturaci\u00f3n electr\u00f3nica obligatoria:<\/strong> Aunque su entrada en vigor est\u00e1 pendiente de desarrollo reglamentario, aut\u00f3nomos y pymes estar\u00e1n obligados a utilizar facturaci\u00f3n electr\u00f3nica en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales, con plazos diferentes seg\u00fan el volumen de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<\/li>\n<\/ol>\n

      Finalmente, es importante tener en cuenta las normativas auton\u00f3micas y forales del Pa\u00eds Vasco y Navarra, que podr\u00edan establecer novedades adicionales para los residentes en estos territorios.<\/p>\n

      En resumen, el cierre del ejercicio 2024 requiere un an\u00e1lisis detallado de las novedades fiscales y contables, as\u00ed como de las ventajas que se pueden obtener al aplicar correctamente la normativa.<\/p>\n

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