{"id":4519,"date":"2024-05-30T12:21:34","date_gmt":"2024-05-30T12:21:34","guid":{"rendered":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/una-cita-obligada-con-hacienda-la-declaracion-del-impuesto-sobre-sociedades-del-ejercicio-2023\/"},"modified":"2024-05-30T12:21:34","modified_gmt":"2024-05-30T12:21:34","slug":"una-cita-obligada-con-hacienda-la-declaracion-del-impuesto-sobre-sociedades-del-ejercicio-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/cat\/una-cita-obligada-con-hacienda-la-declaracion-del-impuesto-sobre-sociedades-del-ejercicio-2023\/","title":{"rendered":"Una cita obligada con Hacienda. La declaraci\u00f3n del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2023"},"content":{"rendered":"

En el BOE de 27 de mayo de 2024, y en vigor desde el 1 de julio, se ha publicado la Orden HAC\/495\/2024, de 21 de mayo,<\/strong> por la que se aprueban los modelos de declaraci\u00f3n del Impuesto sobre Sociedades (IS) y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en r\u00e9gimen de atribuci\u00f3n de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio espa\u00f1ol, para los per\u00edodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.<\/p>\n

Para este ejercicio 2023, las principales novedades del IS se han centrado en adoptar medidas para las empresas emergentes, las microempresas, las entidades domiciliadas en las Islas Baleares y para aqu\u00e9llas que acometan inversiones en ahorro energ\u00e9tico. A los grupos que aplican el r\u00e9gimen especial de consolidaci\u00f3n fiscal se les limita, pero solo para el periodo impositivo 2023, la compensaci\u00f3n de las bases imponibles negativas al 50%. Adem\u00e1s, se han aprobado distintas resoluciones y consultas del ICAC que afectan al Plan General de Contabilidad (PGC).<\/p>\n

Adem\u00e1s, se han aprobado distintas resoluciones y consultas del ICAC que afectan al Plan General de Contabilidad (PGC).<\/p>\n

NOVEDADES CAMPA\u00d1A SOCIEDADES 2023<\/strong><\/p>\n

De acuerdo con la Orden HAC\/495\/2024, de 21 de mayo, est\u00e1n obligados a presentar la declaraci\u00f3n todos los sujetos pasivos, con independencia de que hayan desarrollado o no actividades durante el per\u00edodo impositivo y de que hayan obtenido o no rentas. Las entidades parcialmente exentas s\u00f3lo est\u00e1n obligadas a presentar la declaraci\u00f3n cuando obtengan ingresos totales que superen 75.000€ anuales, ingresos de rentas no exentas sometidas a retenci\u00f3n que superen 2.000€ anuales o rentas no exentas no sometidas a retenci\u00f3n.<\/p>\n

Con motivo de la aprobaci\u00f3n de diversas normas, se hace necesaria la modificaci\u00f3n de los mencionados modelos para as\u00ed adecuarlos a la normativa vigente para los periodos iniciados en 2023. Estas modificaciones encuentran su fundamento en:<\/p>\n