{"id":4270,"date":"2023-04-15T16:34:33","date_gmt":"2023-04-15T16:34:33","guid":{"rendered":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/?p=4270"},"modified":"2023-04-17T07:04:02","modified_gmt":"2023-04-17T07:04:02","slug":"nuevas-obligaciones-informativas-para-las-criptomonedas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/cat\/nuevas-obligaciones-informativas-para-las-criptomonedas\/","title":{"rendered":"Nuevas obligaciones informativas para las criptomonedas"},"content":{"rendered":"

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Le informamos que en el BOE del d\u00eda 5 de abril, se ha publicado el Real Decreto 249\/2023, de 4 de abril, que entre otras novedades, que introduce una serie de modificaciones reglamentarias para implementar diversos cambios efectuados por la Ley 11\/2021 de medidas de prevenci\u00f3n y lucha contra el fraude fiscal respecto a las criptomonedas.<\/p>\n

Entre dichas modificaciones destacan las que dan cumplimiento a las nuevas obligaciones informativas relativas a la tenencia de monedas virtuales y a las operaciones que se efect\u00faen con aquellas. Asimismo, se desarrolla reglamentariamente la obligaci\u00f3n de informar acerca de las monedas virtuales situadas en el extranjero.<\/p>\n

Las primeras declaraciones relativas a las obligaciones de informaci\u00f3n sobre monedas virtuales se deber\u00e1n presentar a partir de 1 de enero de 2024.<\/p>\n

Informaci\u00f3n sobre saldos en monedas virtuales<\/strong><\/p>\n

Las personas y entidades residentes en Espa\u00f1a y los establecimientos permanentes en territorio espa\u00f1ol de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptogr\u00e1ficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, ya se preste dicho servicio con car\u00e1cter principal o en conexi\u00f3n con otra actividad, vendr\u00e1n obligadas a presentar una declaraci\u00f3n informativa anual<\/strong> referente a la totalidad de las monedas virtuales que mantengan custodiadas, en los t\u00e9rminos que establezca la Orden ministerial por la que se apruebe el modelo correspondiente.<\/p>\n

Deber\u00e1n proporcionar la siguiente informaci\u00f3n:<\/p>\n