{"id":3799,"date":"2022-11-10T18:16:32","date_gmt":"2022-11-10T18:16:32","guid":{"rendered":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/?p=3799"},"modified":"2022-11-10T18:16:35","modified_gmt":"2022-11-10T18:16:35","slug":"el-pre-pack-concursal-y-la-nueva-regulacion-en-la-venta-de-unidades-productivas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/cat\/el-pre-pack-concursal-y-la-nueva-regulacion-en-la-venta-de-unidades-productivas\/","title":{"rendered":"El Pre-pack concursal y la nueva regulaci\u00f3n en la venta de unidades productivas."},"content":{"rendered":"
La principal novedad de la Ley 16\/2022 de Reforma Concursal en relaci\u00f3n con la venta de unidades productivas por la sociedad deudora durante el proceso concursal es la regulaci\u00f3n detallada del procedimiento preparatorio o pre-pack mediante el auxilio de un experto nombrado por el juez que conocer\u00e1 del concurso.<\/p>\n\n\n\n
La venta de unidad productiva y el pre-pack concursal son instrumentos jur\u00eddicos destinados a la venta, por parte del empresario deudor, de la empresa en funcionamiento y se regulan en los art\u00edculos 224 bis 1 y 224 ter y siguientes de la Ley Concursal, respectivamente.<\/p>\n\n\n\n
El pre-pack concursal<\/strong>, tal y como su propio nombre indica, es una herramienta previa al inicio del concurso y ha sido a\u00f1adida de forma novedosa por la Reforma de la Ley Concursal vigente desde el 26 de septiembre- aunque ya era de frecuente utilizaci\u00f3n en la pr\u00e1ctica, su objetivo es agilizar la venta de la unidad productiva una vez abierto al concurso.<\/p>\n\n\n\n La venta de unidad productiva<\/strong> consiste presentar junto con la solicitud de concurso ante el juzgado una propuesta escrita y vinculante de compra de una o varias unidades productivas, por parte de un acreedor o de una persona ajena al concurso. La persona que adquiere dicha unidad productiva debe comprometerse a continuar la actividad productiva o reiniciar la misma por un m\u00ednimo de tres a\u00f1os, pudi\u00e9ndole ser reclamada una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y prejuicios por parte de cualquier afectado si no cumpliera este compromiso. Esta propuesta de adquisici\u00f3n puede ser realizada tambi\u00e9n por personas trabajadoras interesadas en la sucesi\u00f3n de empresa.<\/p>\n\n\n\n Si concurrieran varias ofertas el juez solicitar\u00e1 informe a la administraci\u00f3n concursal evaluando las diferentes propuestas, adem\u00e1s debe pronunciarse sobre los efectos que tendr\u00eda sobre el concurso la resoluci\u00f3n de los contratos que derive de cada una de las propuestas.<\/p>\n\n\n\n A efectos laborales y de Seguridad Social se aplica la normativa existente para el caso de sucesi\u00f3n de empresa.<\/p>\n\n\n\n La nueva figura del pre-pack procesal constituye la fase previa a la venta de unidad productiva ya descrita para el caso de insolvencias inminentes o actuales y aunque la unidad productiva ya hubiera cesado en la actividad. Consiste en el nombramiento de un experto con el fin de que recabe ofertas de terceros para la adquisici\u00f3n de la unidad productiva.<\/p>\n\n\n\n El juez emitir\u00e1 resoluci\u00f3n de nombramiento de experto, fijando la duraci\u00f3n del encargo y la retribuci\u00f3n que se ha de abonar. Adem\u00e1s de la rapidez y la eficacia en la venta de unidad productiva una vez iniciado el concurso, el sentido de esta figura es tambi\u00e9n evitar la p\u00e9rdida de valor del patrimonio empresarial una vez iniciado el concurso.<\/p>\n\n\n\n Por \u00faltimo, la Ley contempla que la adquisici\u00f3n de unidad productiva no lleva asociada la obligaci\u00f3n de pago de los cr\u00e9ditos no satisfechos antes de la venta de la misma. El mismo art\u00edculo recoge una serie de excepciones a esta premisa general que son el pacto de asunci\u00f3n de estas obligaciones entre las partes, la obligaci\u00f3n legal de hacerlo y los cr\u00e9ditos aborales y de seguridad social correspondientes a trabajadores de la unidad productiva vendida y en cuyos contratos pase a figurar como empresario, es decir que se subrogue, el adquirente.<\/p>\n\n\n\n Finalmente, si el comprador es una persona especialmente relacionada con el concursado, caso en el que s\u00ed que llevar\u00eda asociada la obligaci\u00f3n de pago de los cr\u00e9ditos pendientes.<\/p>\n\n\n\n Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaraci\u00f3n que puedan tener al respecto.<\/p>\n\n\n\n Un cordial saludo,<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":" La principal novedad de la Ley 16\/2022 de Reforma Concursal en relaci\u00f3n con la venta de unidades productivas por la sociedad deudora durante el proceso concursal es la regulaci\u00f3n detallada del procedimiento preparatorio o pre-pack mediante el auxilio de un experto nombrado por el juez que conocer\u00e1 del concurso. La venta de unidad productiva y …<\/p>\n