{"id":3676,"date":"2022-09-02T07:31:37","date_gmt":"2022-09-02T07:31:37","guid":{"rendered":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/?p=3676"},"modified":"2022-09-02T07:33:12","modified_gmt":"2022-09-02T07:33:12","slug":"abierto-el-plazo-de-solicitudes-para-las-ayudas-destinadas-a-la-digitalizacion-de-empresas-de-entre-3-y-9-empleados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pruymannconsulting.com\/cat\/abierto-el-plazo-de-solicitudes-para-las-ayudas-destinadas-a-la-digitalizacion-de-empresas-de-entre-3-y-9-empleados\/","title":{"rendered":"Abierto el plazo de solicitudes para las ayudas destinadas a la digitalizaci\u00f3n de empresas de entre 3 y 9 empleados."},"content":{"rendered":"
Se trata de la segunda convocatoria de ayudas del programa Kit Digital, dotada con 500 millones de euros y destinada a pymes de entre 3 y 9 empleados, que podr\u00e1n solicitar bonos de 6.000 euros para su digitalizaci\u00f3n a partir del 2 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n
En el BOE del d\u00eda 2 de agosto se ha publicado el Extracto de la Resoluci\u00f3n de 29 de julio de 2022, de la Direcci\u00f3n General de la Entidad P\u00fablica Empresarial Red.es, M.P., por la que se convoca las ayudas destinadas a la digitalizaci\u00f3n de empresas del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) en el marco de la Agenda Espa\u00f1a Digital 2025, el Plan de Digitalizaci\u00f3n PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia de Espa\u00f1a -Financiado por la Uni\u00f3n Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).<\/em><\/p>\n\n\n\n Se trata de la segunda convocatoria de ayudas del programa Kit Digital, dotada con 500 millones de euros y destinada a pymes de entre 3 y 9 empleados, que podr\u00e1n solicitar bonos de 6.000 euros para su digitalizaci\u00f3n a partir del 2 de septiembre.<\/p>\n\n\n\n Esta convocatoria incluye dos nuevas categor\u00edas de soluci\u00f3n de digitalizaci\u00f3n, ampl\u00eda las entidades beneficiarias de las ayudas y adapta los plazos de ejecuci\u00f3n, justificaci\u00f3n y pago para facilitar la implementaci\u00f3n de las soluciones, entre otras modificaciones.<\/p>\n\n\n\n \u00bfCu\u00e1ndo se podr\u00e1n solicitar?<\/strong><\/p>\n\n\n\n El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 de doce (12) meses, comput\u00e1ndose desde el 2 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas hasta el 2 de septiembre de 2023 a las 11:00 horas. <\/p>\n\n\n\n \u00bfA qu\u00e9 podr\u00e1 destinar esta ayuda?<\/strong><\/p>\n\n\n\n A partir de ahora, las empresas podr\u00e1n contratar la prestaci\u00f3n de servicios de un cat\u00e1logo de 12 categor\u00edas de soluciones de digitalizaci\u00f3n<\/strong>: sitio web y presencia b\u00e1sica en internet, comercio electr\u00f3nico, gesti\u00f3n de redes sociales, gesti\u00f3n de clientes, business intelligence <\/em>y anal\u00edtica, gesti\u00f3n de procesos, factura electr\u00f3nica, servicios y herramienta de oficina virtual, comunicaciones seguras, ciberseguridad y se a\u00f1aden las categor\u00edas de presencia avanzada en internet y marketplace<\/em>.<\/p>\n\n\n\n Otra de las novedades dentro del cat\u00e1logo afecta a la categor\u00eda sitio web y presencia b\u00e1sica en internet.<\/strong> Con la modificaci\u00f3n de las bases, ser\u00e1 necesario que se incluya el alta del dominio para el beneficiario durante un plazo m\u00ednimo de doce meses, siendo el beneficiario el titular de dicho dominio y siempre que este no disponga de uno previamente al desarrollo de la soluci\u00f3n. En esta categor\u00eda aparece tambi\u00e9n la funci\u00f3n multiling\u00fce. Cambian algunos requisitos de la categor\u00eda de soluci\u00f3n factura electr\u00f3nica y en la categor\u00eda de gesti\u00f3n de procesos se permite la incorporaci\u00f3n de m\u00f3dulos individuales.<\/p>\n\n\n\n Todos los cambios del cat\u00e1logo se pueden consultar en la orden de bases que puede encontrar aqu\u00ed: Disposici\u00f3n 12734 del BOE n\u00fam. 181 de 2022<\/a><\/p>\n\n\n\n \u00bfQu\u00e9 importe de ayuda puedo obtener?<\/strong><\/p>\n\n\n\n El importe m\u00e1ximo de ayuda por beneficiario ser\u00e1 de 6.000\u20ac<\/strong>. <\/p>\n\n\n\n \u00bfC\u00f3mo mido la plantilla de mi empresa para saber en qu\u00e9 Segmento estoy del Kit Digital?<\/strong><\/p>\n\n\n\n Teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el R\u00e9gimen General de la Seguridad Social y en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores Aut\u00f3nomos, o por cualquier otro medio v\u00e1lido en Derecho, en el momento de presentar la solicitud.<\/p>\n\n\n\n Requisitos de participaci\u00f3n:<\/strong><\/p>\n\n\n\n No podr\u00e1n ser beneficiarias:<\/strong> las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestaci\u00f3n, en todo o en parte, de soluciones de digitalizaci\u00f3n; las empresas de naturaleza p\u00fablica y las entidades de derecho p\u00fablico; los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en r\u00e9gimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad econ\u00f3mica o patrimonio separado que carezca de personalidad jur\u00eddica.
Las solicitudes se presentar\u00e1n por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorizaci\u00f3n <\/strong>a trav\u00e9s del formulario automatizado, que recoger\u00e1 los puntos contemplados en el Anexo I de la Convocatoria, habilitado en la Sede Electr\u00f3nica de Red.es, el cual tambi\u00e9n ser\u00e1 accesible desde la plataforma Acelera Pyme (https:\/\/www.acelerapyme.gob.es\/<\/a>), dentro del plazo establecido. Deber\u00e1n estar firmadas por el solicitante o un representante (legal o voluntario) del solicitante debidamente apoderado, mediante firma con certificado electr\u00f3nico. En el caso de que la entidad solicitante cuente con representaci\u00f3n mancomunada, la firma deber\u00e1 realizarse por todos los representantes que sean precisos.<\/p>\n\n\n\n